Indagando por ahí, he leido que con un acta notarial (50) reconociendo tu padre que el coche era de su padre y que se lo quedó él a su fallecimiento, lo toman como válido en Tráfico.
Evidentemente, el acta notarial la tiene que cursar tu padre, y supongo que luego te lo tendrá que transferir a ti.
Saludos.