Las averías en los vehículos, ya sean pequeñas o de mayor importancia, suelen ser muy frecuentes, dando lugar a muchos quebraderos de cabeza, sobre todo si se tiene una gran dependencia del automóvil. A pesar de esto, en lo que se refiere a talleres de reparación, las dudas son enormes, desconociendo la mayoría de sus usuarios aspectos básicos en torno a éstos, como cuáles son los requisitos mínimos que se deben exigir, a qué servicio corresponde cada una de las cantidades facturadas o cuál es el período de garantía poseen las reparaciones realizadas.
Es conveniente realizar una primera aclaración, y es que un taller debe atender todas las reparaciones que se le soliciten, siempre y cuando las averías que presente el automóvil estén dentro de la especialidad del servicio técnico, expuesta en su matrícula, y se soliciten dentro del horario de trabajo establecido. En cambio, los servicios oficiales de marca pueden restringir su actividad a vehículos de la firma a la que representan.
El primer paso a seguir por un cliente que se acerca a un taller de reparaciones de vehículos es solicitar la realización de un presupuesto previo en el que queden detalladas todas las operaciones a realizar y el coste total de las mismas, incluyendo piezas, mano de obra, impuestos... Este documento, también conocido como Orden de Trabajo, tiene una vigencia de doce días y ha de exigirse, además, en las reparaciones de vehículos en garantía, debiendo recoger todos los síntomas detectados en el vehículo de cara a una posible reclamación en caso de que la reparación no resultase satisfactoria.
No obstante, la realización de un presupuesto no implica la obligatoriedad de aceptarlo. En cambio, a lo que sí está obligado el cliente es, aunque decida no arreglar el vehículo en ese taller, a pagar los gastos de su elaboración, los cuales se decidirán en base a las horas de trabajo empleadas en las tareas necesarias de desmontaje y montaje. Por ello, resulta imprescindible consultar, antes que nada, la tarifa de precios del taller y, de tratarse de un servicio técnico oficial de la marca, los tiempos aproximados de las operaciones realizadas y su valoración en euros.
Si finalmente aceptamos el presupuesto facilitado, la empresa nunca podrá incrementar su coste de forma unilateral. Si durante la reparación surgieran nuevos problemas no detectados anteriormente, el taller no podrá arreglarlos sin la comunicación y aceptación previa del cliente.
Una vez aceptado el presupuesto se procederá a la reparación del automóvil. El usuario debe exigir el resguardo de depósito, que es el documento acreditativo de que el vehículo permanece en el taller. En este resguardo debe especificarse la razón social del establecimiento, la identificación del vehículo y el tiempo aproximado de reparación.
Las piezas
Otro aspecto a tener en cuenta son las piezas. Si para la reparación del vehículo resultara necesaria la instalación o recambio de piezas, éstas siempre deben ser nuevas y contar con el distintivo de la marca, que será la misma que la del vehículo. Sin embargo, puede darse una excepción con respecto a este aspecto y es que, con la oportuna autorización del usuario, pueden emplearse piezas ya usadas por motivos de urgencia, inexistencia de repuestos en el mercado u otras necesidades de este tipo; este supuesto puede extenderse a piezas y equipos adaptados no específicos del vehículo.
Sin embargo, esta utilización queda limitada en otro sentido, y es que en ningún caso pueden utilizarse estas piezas en temas relacionados con la dirección, los frenos o la suspensión del vehículo, no pudiendo afectar de ningún modo a su seguridad. En todo caso, éstas siempre deben estar garantizadas por el taller.
La garantía
Por otro lado, en lo que se refiere a la garantía de las reparaciones ya realizadas, el desconocimiento en torno a la existencia o vigencia de éstas es, por desgracia, bastante usual. Por lo general, todas las reparaciones de vehículos a motor están garantizadas por un plazo de tres meses o dos mil kilómetros; en el caso de que algunas de las piezas incluidas en la reparación tenga un plazo de garantía superior, éstas se regirá por el periodo de mayor duración.
Esta garantía debe cubrir cualquier repetición de la avería inicialmente reparada o aquellas que podrían haber sido causadas por la propia reparación, y abarcará aspectos como mano de obra, piezas, remolque, impuestos o cualquier otro tipo de coste que pueda originarse, obligando al taller a reparar gratuitamente dicha avería, e informando al cliente en el caso de que esta reparación la fuera a llevar a cabo otro taller distinto al que realizó la primera.
No obstante, si durante el período de garantía de la reparación se observan deficiencias en el vehículo, lo primero que el afectado tiene que hacer es acudir al taller en el que se realizó la reparación, sin permitir ninguna manipulación anterior por personas ajenas al mismo. De ahí la importancia de hacer constar en el resguardo del depósito todos los fallos, por mínimos que sean, que se aprecien en el vehículo, de forma que deje constancia de que éstos se han detectado durante el período de garantía, debido a que esta es la única manera de evitar que el taller eluda su responsabilidad ante cualquier problema. De la misma forma, el taller no se hará responsable de averías ocultas o que no hayan sido especificadas anteriormente, haciendo constar este hecho en la factura.
La factura
Una vez realizada la reparación, la existencia de una factura es fundamental de cara a posibles problemas que puedan surgir en el vehículo. Por ello, el usuario debe exigir siempre este documento legalmente cumplimentado, indicando el importe abonado y desglosando todos los conceptos objetos de cobro, las operaciones realizadas y piezas facturadas.
Cuando se plantee un problema con respecto a este tema, es imprescindible formular una hoja de reclamaciones. Sin embargo, si surgen discrepancias en lo que respecta a la naturaleza y causa de la avería, el cliente afectado debe proveerse de un dictamen técnico sobre las causas de la misma y su alcance e informar al taller de que se va a proceder a su reparación en otro establecimiento. Resulta importante recurrir a una Asociación de Consumidores, a la Administración o a los Tribunales para poder recuperar su importe, pero lo que nunca se debe consentir es la manipulación del vehículo por terceros sin que exista antes un informe previo autorizado de un experto.
Carteles informativos
En todos los talleres dedicados a la reparación de vehículos deben exhibirse obligatoriamente una serie de carteles con la finalidad de informar al usuario acerca de las prestaciones ofrecidas. En primer lugar, es imprescindible que figure en el taller una placa con el distintivo, matrícula y especialidad del taller, indicando qué tipo de servicios técnicos está autorizado para realizar, un aviso de la existencia de un libro de hojas de quejas-reclamaciones disponible para el cliente que lo solicite y el anuncio del horario en el que el establecimiento presta su servicio al público de forma perfectamente visible desde el exterior.
Por otro lado, el taller también debe exponer de forma visible la tarifa con los precios a cobrar por hora y por cada uno de los servicios que se realizan. En dicha tarifa deben aparecer los costes por hora de los trabajos de mecánica, electricidad, carrocería, pintura, con herramientas o maquinaria especiales, el recargo debido a trabajos efectuados a petición del cliente fuera del taller o de jornada normal, los gastos de desplazamiento de personal (dietas, pernoctas, trayectos...) y/o maquinaria y por no retirar el vehículo o aceptar el presupuesto en tres días hábiles. Asimismo, junto al precio por hora habrá que indicar, diferenciándolo claramente del coste de la operación, el 16% de la cantidad correspondiente al IVA.
En el Real Decreto 1457/1986 de 10 de enero se establece una normativa básica aplicable a este tipo de reparaciones. En el artículo 12.b de este reglamento se especifican algunos de los derechos que tienen sus clientes, entre los que destacan tres de obligada exhibición en los talleres:
- "Todo usuario o quién actúe en su nombre tiene derecho a presupuesto escrito de las reparaciones o servicios que solicite".
"El usuario sólo quedará obligado al pago por la elaboración del presupuesto en las condiciones que reglamentariamente se determinen".
"Todas las reparaciones o instalaciones están garantizadas por tres meses o 2.000 kilómetros (excepto vehículos industriales, en que el plazo será de quince días), en las condiciones especificadas en el artículo 16 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios de los talleres de reparación de vehículos automóviles y de sus equipos y componentes". !!!! este escrito o informacion es copiada de una pag , webs !!!! salud2: panchit
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